Conacyt no justificó los cambios al reglamento del SNI: Conamer

Antes de dar luz verde a la segunda reforma al estatuto, que afecta a 33 mil científicos mexicanos, pidió al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología realice las aclaraciones a los señalamientos.

Antes de dar luz verde a la segunda reforma del actual gobierno al Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), que afecta a 33 mil científicos mexicanos, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) pidió más análisis, precisiones y aclaraciones a la dependencia autora del proyecto: el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Todas las dudas fueron comunicadas mediante un oficio recibido oficialmente por Conacyt el miércoles 17 de marzo. 

La Conamer es una institución que depende de la Secretaría de Economía y su misión es evitar que nuevos procesos administrativos en el gobierno terminen por perjudicar a los ciudadanos. Legalmente su mandato es vigilar que las dependencias y organismos descentralizados del gobierno federal se abstengan de emitir actos administrativos de carácter general con costos de cumplimiento para los particulares; excepto cuando las dependencias estén cumpliendo con una obligación establecida por la ley o en un decreto presidencias.   

Conamer no rechazó la reforma sometida a evaluación por Conacyt, pero tampoco la aprobó. al menos cuatro párrafos del oficio de 14 páginas indican que no queda claro cuáles son los problemas que Coancyt busca subsanar. Pide más datos para entender.

Por ejemplo: en el apartado llamado Objetivos y Problemática, Conacyt dedica a 3 páginas a exponer las causas que justificarían la nueva reforma al Reglamento y lo que les contesta Conamer, mediante el oficio CONAMER 21/1271 es: “La Conamer observa que si bien el Conacyt señala diferentes elementos en torno a las modificaciones al SNI y argumenta que la problemática deriva de diversas áreas de mejora en su intepretación y aplicación, no se detalla puntualmente la forma en que dichas áreas representan un problema”.

En este mismo párrafo pide a Conacyt señalar de manera puntual las áreas de mejora y justificar respectivamente el problema que se identificó en dichas áreas. 

Más adelante, al responder otro párrafo enviado por Conacyt en el Análisis de Impacto Regulatorio, donde explica cuál es el objetivo de reformar el Reglamento, la Comisión de Mejora Regulatoria vuelve a pedir más precisión:

“La Conamer observa que si bien el Conacyt señaló que la propuesta regulatoria tiene por intención mejorar y enriquecer el marco normativo existente que rige al SNI, es necesario que el Conacyt señale los objetivos específicos con los que eliminará o subsanará la problemática que hace necesaria la intervención gubernamental”. 

PALOMITA Y TACHE

En el oficio de 14 páginas de la Conamer a Conacyt expresa que entiende como un buen ejemplo de mejora regulatoria el simplificar los requisitos para ingresar al Sistema Nacional de Investigadores (expresado en el artículo 29 del nuevo reglamento); pero manifiesta que no comprende los cambios a los artículos 61 y 62 que excluyen a los investigadores de instituciones privadas de recibir como beneficio un apoyo económico público si son miembros del SNI.

Sobre facilitar los requisitos para ser miembro del SNI, del artículo 29, la Conamer sólo tiene la observación de que no le informaron a detalles cuáles son los requisitos que se van a abrogar:

“Conamer solicita a Conacyt señalar de manera puntual los actos administrativos o las obligaciones regulatorias que abrogará o eliminará a efectos de cumplir con el señalado requisitos de simplificación regulatoria”.

Sobre las modificaciones que afectan a los investigadores de universidades privadas, Conacyt entregó un análisis del porcentaje de investigadores que están en esta circunstancia, que se presenta como muy bajo y también la proyección de nuevos ingresos de investigadores de instituciones privadas. Acerca de este problema, de los artículos 61 y 62, el predictamen de Conamer indica:

“En ese contexto, la sección que nos apremia tiene el objetivo de que la Dependencia estime y cuantifique los posibles costos de cumplimiento de las obligaciones regulatorias involucradas, por lo que la Conamer solicita al Conacyt realizar un análisis de las acciones regulatorias y estime los costos de cumplimiento de manera cuantitativa y en términos monetarios”. 

La segunda reforma al Reglamento del SNI de este gobierno se aprobó el 3 de marzo en la Junta de Gobierno de Conacyt; seis meses después de la primera reforma, que fue publicada en septiembre de 2020. La segunda reforma incluye modificaciones a 32 artículos, más adiciones de párrafos a 8 artículos y derogación de 27 artículos. 

El 5 de marzo Conacyt envió el anteproyecto de reforma a Conamer, que lo sometió a consulta pública a través de su página de internet recibiendo 266 comentarios de ciudadanos, a favor y en contra.  La Conamer también expresa que, aunque legalmente existe la opción de no emitir la reforma al reglamento, esto podría traer consigo deficiencias en la estructura y coherencia del reglamento que se había aprobado en septiembre, por lo que insiste en pedir más datos a Conacyt antes de formular una opinión. 

Mientras esto ocurría dentro del Poder Ejecutivo, en el Senado de la República, el partido Movimiento Ciudadano, a través del Senador José Alberto Galarza Villaseñor, solicitó la comparecencia de la directora de Conacyt, María Elena Álvarez-Buylla por la cancelación de becas al extranjero en Ingeniería, Ciencias Naturales y Exactas, Computación, Manufactura, Construcción, Agronomía, Veterinaria, Ciencias Sociales y Humanidades, según la convocatoria 2021, publicada a principios de este mes. El punto de acuerdo no había aprobado ni desechado al momento de cierre de esta edición.

Antimio Cruz

LA CRONICA

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