Tribunal Electoral perdona infracciones de AMLO en mañaneras porque “son de 2023” y ya venció el plazo para revisarlas

Ernesto Núñez Albarrán

Por mayoría de tres contra dos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió perdonar presuntas infracciones del presidente Andrés Manuel López Obrador en más de 30 conferencias mañaneras denunciadas por la oposición, que ya habían sido sancionadas por la Sala Especializada.

El argumento central fue la caducidad de los procedimientos, pues se trata, en su mayoría, de conferencias mañaneras ocurridas durante el primer semestre de 2023 y que, por retrasos de la Sala Especializada, se resolvieron de fondo hasta el pasado mes de julio.

La Sala Especializadadeterminó el pasado 4 de julio que el presidente vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en 32 de sus conferencias realizadas entre mayo y octubre de 2023, meses en los que se llevó a cabo el proceso interno de Morena para elegir Claudia Sheinbaum como candidata presidencial.

Sin embargo, esta resolución fue impugnada por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República que, además, ha emitido una serie de comunicados descalificando al Tribunal y asegurando que “magistrados afines a la oposición usan su cargo para restringir al presidente y al pueblo de México”.

En la discusión en Sala Superior, el magistrado Reyes Rodríguez proponía confirmar la sentencia de la Sala Regional Especializada, respaldado por la magistrada Janine Otálora; pero finalmente se impuso la mayoría de tres, conformada por la presidenta de la Sala, Mónica Soto, y los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes.

“La Sala Especializada determinó que, respecto de 32 conferencias, se acreditaron las infracciones consistentes en la vulneración a los principios de imparcialidad, de neutralidad y de equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos y en su caso, la promoción personalizada. Se señaló que podía beneficiar a una candidatura y al partido político Morena. Yo, como lo anticipé, no comparto la propuesta”, aseguró Fuentes.

En la discusión en Sala Superior, el magistrado Reyes Rodríguez proponía confirmar la sentencia de la Sala Regional Especializada, respaldado por la magistrada Janine Otálora; pero finalmente se impuso la mayoría de tres, conformada por la presidenta de la Sala, Mónica Soto, y los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes.

“La Sala Especializada determinó que, respecto de 32 conferencias, se acreditaron las infracciones consistentes en la vulneración a los principios de imparcialidad, de neutralidad y de equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos y en su caso, la promoción personalizada. Se señaló que podía beneficiar a una candidatura y al partido político Morena. Yo, como lo anticipé, no comparto la propuesta”, aseguró Fuentes.

El magistrado explicó que, por un lado, la Sala Especializada no acreditó la actualización de los hechos de forma pormenorizada, por lo que es válido aplicar la caducidad de los mismos. Y, por otro lado, dijo que es necesario generar un equilibrio entre el modelo de deliberación democrática que se genera a través de las conferencias de prensa del titular del Ejecutivo Federal y los principios constitucionales de equidad e imparcialidad.

“Recordemos que la comunicación gubernamental es esencial para informar a la sociedad acerca de la actividad del gobierno y éste a su vez, promueve la participación política y la cultura democrática. Y si bien es cierto que las conferencias matutinas no pueden sustraerse del marco normativo vigente, tampoco puede llegarse al extremo de restringir injustificadamente esa forma de comunicación”, expuso el magistrado Fuentes, dándole la razón a la Consejería Jurídica de la Presidencia.

A propuesta de los magistrados de la mayoría, y con los votos en contra de Reyes Rodríguez y Janine Otálora, la Sala Superior revocó la sentencia y ordenó a la Sala Especializada analizar a fondo la temporalidad de los hechos.

“Debe la Sala Especializada hacer un análisis exhaustivo en torno a la temporalidad. Es que no se puede determinar específicamente si estas frases inciden en la contienda, si han sido realizadas en momentos distintos, no será lo mismo una frase antes de inicie la contienda, que en plena campaña, que en la precampaña. Me parece que en este caso existen estas dos razones que me llevan a concluir que se tiene que revocar para efectos, esto es, para que Sala Especializada haga un nuevo estudio en la materia en análisis establecida en la litis”, explicó De la Mata.

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Andrés Manuel López Obrador, presidente de México. Foto: Cuartoscuro/Archivo

Tribunal Electoral también ‘perdona’ a Gobernación

La Sala Superior también estudió un asunto relacionado con una queja presentada por el PRI en contra de la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, por haber presentado -en diversas conferencias mañaneras- proyecciones sobre la conformación de la próxima legislatura tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.

Esta queja fue desechada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), pero el partido que presentó dicha queja recurrió esa decisión ante el Tribunal Electoral.

Según el proyecto del magistrado Felipe Fuentes, que también fue votado por mayoría de tres a dos, la UTCE hizo lo correcto al desechar la queja, pues las expresiones de la secretaria de Gobernación ocurrieron después de la jornada electoral del 2 de junio.

“La tutela de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, en el marco del derecho electoral y los procedimientos especiales sancionadores en la materia, se encuentra regulada en el contexto de los procesos comiciales, con el fin de que las autoridades no influyan de manera indebida en las preferencias de los electores. En este contexto, es correcto lo razonado por la responsable en el sentido de que las manifestaciones denunciadas no pueden interpretarse como una infracción en materia electoral. Ello es así porque la difusión de los resultados preliminares y el ejercicio de asignación que realizó la secretaria de Gobernación no puede generar confusión en el electorado, en la medida que, al momento en que sucedieron los hechos denunciados, la jornada electoral ya había tenido lugar”, se lee en la resolución.

En este caso los votos en contra también fueron de Reyes Rodríguez y Janine Otálora, quien argumentó que la UTCE se excedió en sus atribuciones pues, al considerar que Luisa María Alcalde no violó los principios de equidad e imparcialidad a los que está obligada, entró al análisis de fondo de la queja, lo cual es facultad de la Sala Especializada.

En el contexto del debate sobre la manera en la que el INE debe asignar las diputaciones de Representación Proporcional y cómo aplicar el límite del 8 por ciento a la sobrerrepresentación, la magistrada hizo ver que es necesario que se analice a fondo si el actuar de una integrante del gabinete en la conferencia mañanera pudo violar el artículo 134 de la Constitución.

“Es importante resaltar que estamos frente a un escenario en el que, desde la más alta esfera del poder político en México, como es la investidura presidencial por conducto de la secretaria de Gobernación, se emite una opinión de cómo desde su interpretación debería actuar el INE al momento de realizar la asignación de curules y escaños en ambas Cámaras del Congreso”, señaló Otálora.

Sin embargo, nuevamente Soto, De la Mata y Fuentes impusieron su mayoría y descartaron la posibilidad de que se analice a fondo la probable falta de la titular de la SEGOB.

Monica Soto Tribunal Electoral
Mónica Soto, presidenta del Tribunal Electoral. Foto: Cuartoscuro

Preparan la declaración de validez de elección presidencial

La Sala Superior del TEPJF volverá a sesionar este jueves, ahora para resolver 240 juicios de inconformidad presentados ante Consejos Distritales del INE en relación con los cómputos de la elección presidencial.

Se trata de 43 juicios interpuestos por Movimiento Ciudadano, 194 del PRD (que entre otras cosas busca los votos necesarios para salvar su registro), dos del PAN y uno de una ciudadana, que en su mayoría serán desechados.

Una vez resueltos estos juicios de inconformidad, la Sala Superior estará en condiciones de abordar (el próximo miércoles 14 de agosto) el proyecto de resolución de los recursos del PRI, PAN-PRD y Xóchitl Gálvez; los también llamados “juicios madre” con los que se impugnó la elección presidencial, y que los magistrados De la Mata y Fuentes proponen declarar infundados.

Según los magistrados, ni la intervención del presidente a través de las “mañaneras”, ni el uso de recursos públicos y programas sociales en favor de los candidatos del oficialismo, ni la intervención del crimen organizado fueron determinantes en el resultado de las elecciones del 2 de junio, por lo que proponen desechar todas las impugnaciones de la oposición y evitar algún posicionamiento del Tribunal sobre estos hechos.

Se prevé que la resolución también se apruebe por la mayoría de tres, más la sexta magistrada, Claudia Valle, convocada exprofeso para votar la validez de la elección presidencial.

Una vez resuelto ese trámite, el jueves 15 de agosto la Sala Superior volverá a reunirse, en sesión solemne, para entregar la constancia de presidenta electa a Claudia Sheinbaum.

Con información de Animal Político

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